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Lecciones del proceso electoral a examen del CAME

Hace unos días este diario informó de la configuración de la “Comisión de Actualización y Modernización Electoral” (CAME), lo cual pone de relieve público, una vez más, la necesidad de una reflexión a profundidad sobre el régimen electoral de Guatemala. Pienso, sin embargo, que es necesario distinguir entre hechos, circunstancias y fenómenos coyunturales y las cuestiones de fondo.

En primer lugar, es indispensable entender que una reforma exitosa no puede quedar en manos de los políticos. No hablo de los políticos guatemaltecos ni de los que actualmente están en la arena de la vida pública. El problema es, puesto en términos llanos, que, por regla general, los seres humanos “miramos la paja en el ojo ajeno, pero no la viga en el propio”. Parafraseando al gran filósofo de la política, John Rawls, para regular la constitución política del Estado, los legisladores deben encontrarse “detrás del velo de la ignorancia”. Cuando cualquier persona ya conoce qué posición o papel le tocará en el escenario político a futuro, sus preferencias subjetivas van a aflorar de una manera u otra. Parafraseando también al gran prócer de la Constitución estadounidense, James Madison, como los hombres no son ángeles, hacen falta gobierno, controles y leyes.

Y, en ese sentido, los políticos no ven la viga en el ojo propio, no son ángeles, ni están tras el velo de la ignorancia, con todo lo cual, dejar la reforma legal del régimen electoral en sus manos sería una locura.

En segundo lugar, es necesario comprender que ni lo verdadero ni lo acertado dependen de la mitad más uno de los votos. Son innumerables los casos en los que una mayoría ciudadana o de sus representantes han elegido o aprobado enemigos de la libertad o tremendas atrocidades, respectivamente. Un buen régimen constitucional y electoral deben estar sujetos a límites y controles claros. Entre ellos, a los derechos fundamentales y al imperio del derecho.

El problema clave, me parece, está en los partidos políticos. Su regulación no debiera crear “barreras a la entrada” de nuevos “competidores”. Esto de “organización a nivel nacional” y de recolectar miles de firmas, es puro y duro proteccionismos contra nuevos competidores. En cambio, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) sí que debiera examinar a fondo el borrador de estatutos de un partido político para corroborar que sus normas articulan procesos democráticos para la designación de sus órganos, pero, sobre todo, para la elección de sus candidatos. Y, para esto último, cualquier ciudadano que así lo desee debiera poder votar y la elección debiera quedar sujeta a supervisión del TSE.

Obviamente, un precandidato electo por una amplia base de ciudadanos cuenta con la legitimidad democrática adecuada para presentarse a una elección y en aquellos casos en que un precandidato apenas contara con los votos de su familia y amigos, pues ya quedaría claro que carece del arrastre necesario.

Las finanzas partidarias deben quedar sujetas a una auditoría rigurosa. Pero, no para determinar si han sobrepasado cierto límite, sino para verificar su origen. No interesa tanto quiénes puedan ser

los donantes, como asegurarse de que los fondos no provengan del crimen organizado, de otros Estados o de grupos de interés que el día de mañana pasen una factura. No creo que haga falta mucho más para una reforma razonable.

Eduardo Mayora Alvarado

Ciudad de Guatemala, 13 de febrero de 2024

Publicado enArtículos de PrensaPolítica

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