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Las postulaciones y la Constitución.

Estamos, una vez más, en ese proceso complicado y poco transparente para elegir o designar, según sea el caso, a los postuladores para proponer candidatos a integrar el Tribunal Supremo Electoral. Al igual que ha ocurrido desde hace ya varios lustros, hay una serie de dinámicas de grupo que preocupan a casi todos los grupos que ejercen o que quisieran ejercer alguna cuota de poder. Esto abarca desde los partidos políticos hasta los gremios, los sindicatos, las cámaras, etcétera.

Ahora bien, ¿está ocurriendo algo lógico y por tanto de esperarse, o se trata de una grave distorsión del sistema previsto en la Constitución? He afirmado muchas veces que el tipo de dinámicas que observamos en estos procesos, como lo son las campañas proselitistas, las coaliciones y alianzas, las negociaciones privadas entre los principales actores, etcétera, son consecuencia natural de las reglas constitucionales y legales que tenemos para designar a nuestras autoridades tribunalicias.

Todavía hay algunas personas que opinan lo contrario, es decir, que todos esos grupos de interés especial que se organizan para incidir en la postulación y elección de magistrados (sea al TSE, a la CSJ, a la CC u otros), cometen una especie de “fraude de ley”, es decir, aprovechan la letra muerta de las reglas constitucionales para conseguir un resultado no querido por el legislador constituyente, o por el “espíritu de la Constitución”, o por “el sistema” en su conjunto.  Y, en parte, es verdad; quiero decir que, quienes pensaron en estos procesos de postulación cada cinco años, dándole intervención a las universidades y a los colegios profesionales, seguramente creyeron que ésta era la mejor manera de evitar una politización de la elección de todos esos funcionarios.

Desafortunadamente, en mi opinión, mezclaron tres factores explosivos, metafóricamente hablando. Primero, en lugar de haber protegido la independencia de la función jurisdiccional con un plazo más largo, apropiado para hablar de una “carrera judicial”, escogieron un término de apenas cinco años; en segundo lugar, en vez de prever una renovación parcial o incluso individual de los funcionarios judiciales, escogieron una regla por la cual se renueva la plantilla completa, con lo cual es “mucho” lo que está en juego al llegar cada proceso de postulación; por último, contemplaron procedimientos electorales que, por naturaleza, dan lugar a que se organicen partidos o grupos contendientes.

Creo que la experiencia de estos últimos casi treinta años respalda mi tesis de que, al mezclar esos tres factores, el espíritu de la norma o del legislador o la intención del sistema, no son capaces de impedir la politización del proceso, con lo cual una serie de órganos que debieran ocuparse por personas con suficiente independencia del proceso político y con estabilidad en sus funciones, han quedado bajo el dominio de las fuerzas políticas.

Después de casi tres décadas de experiencia, lo lógico sería reformar la Constitución y modificar los factores que inciden en ese resultado que tanto se critica. Pero para eso hace falta de liderazgo y, por lo visto, el Jefe del Estado no lo aportará.

Eduardo Mayora Alvarado.

Publicado enArtículos de PrensaPolíticaSociedad

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