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Los verdes y el sistema de justicia.

(Publicado por Siglo Veintiuno el 17 de marzo de 2011)

Entre la multiplicidad de actividades económicas que le han permitido a la humanidad vivir mucho mejor hoy que hace tan solo medio siglo, hay unas más amigables con el medioambiente y otras menos.

La generación de energía eléctrica por medio de plantas nucleares, a partir de lo acontecido hace unos días en Japón va a ser objeto, seguro estoy, a un alud de críticas y condenas porque, claro está, los riesgos en juego son muy grandes. Muchos de esos ataques van a proferirse en términos absolutos: –“eso de las plantas nucleares es malo y debería suprimirse de una vez y para siempre…”. 

Ese tipo de enfoques es absurdo, puesto que es obvio que millones de personas se han beneficiado a lo largo de varios años gracias a la energía generada por la planta nuclear de Fukushima. Como este acontecimiento no ha llegado a su desenlace final es imposible decir si ese beneficio valió la pena.  Si hubiera sido mejor que esos millones de personas hubieran vivido peor, con tal de que no se dieran las consecuencias finales del siniestro.

Similares condenas absolutas se han hecho aquí en relación con la industria de la minería o la del petróleo.  Ya ni las plantas hidroeléctricas gozan de simpatía por parte de algunos verdes. Es, simplemente, como decía arriba, absurdo.  Pero también hay ecologistas realistas que han entendido que el ser humano no puede entrar en contacto con la naturaleza y desarrollar una civilización sin modificarla, alterarla o incidir en ella.    Y entonces la pregunta que se impone es: ¿hasta qué punto debe permitirse el impacto ambiental de las actividades humanas? Y la respuesta es necesariamente relativa y depende de una enorme variedad de factores, por ejemplo, el punto de partida, los recursos disponibles y el nivel de vida de los habitantes de la región que fuere. Suponga usted que a los campesinos guatemaltecos que todavía utilizan leña como combustible se les prohibiera eso de tajo. Dados sus recursos, ¿qué opción les quedaría?

El punto, entonces, es que las leyes de cada país deben establecer dos cosas para los diversos tipos de actividades: uno, cuál es el estándar reglamentariamente aceptable; y dos, de rebasarse ese estándar, quiénes tienen derecho a tomar acciones judiciales en contra del infractor.

Los estudios de impacto ambiental pueden tener cierta utilidad, pero lo más importante para conseguir una eficaz protección del medioambiente, si los intereses afectados por la transgresión fuesen públicos, es que la PGN demande ante la justicia al infractor para hacer cesar las acciones ruinosas y para reclamar los daños y perjuicios causados.  Y si los intereses afectados por la transgresión fuesen privados, que las víctimas puedan hacer lo propio y hacer pagar a los responsables.

Empero, cuando esos procesos judiciales son excesivamente engorrosos y los transgresores logran evadir la acción de la justicia, el medioambiente se degrada acelerada e impunemente. Por eso los verdes, también, deberían impulsar la reforma de la justicia.

Eduardo Mayora Alvarado.

Publicado enArtículos de PrensaJurídicos

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